Arraigo Social: La Vía Más Habitual
Es la figura más utilizada por su flexibilidad. Permite obtener la residencia a quienes, a pesar
de no tener papeles, ya están integrados en la sociedad española.
Requisitos Específicos:
- Permanencia de 3 años: Debes demostrar que has vivido en España de forma
continuada durante los 3 años inmediatamente anteriores a la solicitud.
- Contrato de Trabajo: Presentar una oferta de empleo firmada, de al menos 1
año de duración, y que garantice el Salario Mínimo Interprofesional (SMI). La jornada debe
ser de, como mínimo, 30 horas semanales.
- Informe de Inserción Social: Un documento emitido por los servicios
sociales de tu ayuntamiento que acredita tu integración. Estás exento si tienes familiares
directos residentes.
Documentación Clave:
Pasaporte completo, certificado de antecedentes penales, empadronamiento histórico que acredite
los 3 años, el contrato de trabajo firmado, y la documentación que acredite la solvencia de la
empresa.
El Proceso Paso a Paso:
- Verificación de requisitos y recopilación de documentos.
- Obtención del informe de arraigo (si es necesario).
- Presentación telemática de la solicitud en la Oficina de Extranjería.
- Tras la concesión, tramitación de la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE).
Consejo Clave del Experto:
El contrato de trabajo es el punto más crítico. La empresa debe estar al corriente de pago con
Hacienda y la Seguridad Social. Antes de presentar, nuestro despacho realiza una verificación de
la solvencia del empleador para evitar denegaciones por este motivo, uno de los más comunes.
Caso de Éxito: "Conseguí mi residencia por
Arraigo Social en 4 meses. El equipo me ayudó a encontrar una oferta de trabajo válida y
gestionaron el informe de inserción. ¡Totalmente recomendados!"
- Carlos R. (cliente
verificado)